El 1 de junio de 2013 empezaba la obligación, según el RD 235/2013, de disponer del certificado energético para los edificios de viviendas y de uso terciario nuevos y para las transacciones de compraventa o de alquiler de edificios ya existentes y para edificios públicos.
Catalunya es la Comunidad Autónoma con más registros de certificación energética de edificios, con más de 550.000 registros entre edificios existentes (a partir del 1 de junio de 2013) y edificios de nueva construcción (a partir de 2007), lo que implica una media de 12.000 registros mensuales o 600 registros diarios. Desde este punto de vista se podría valorar que la certificación de eficiencia energética de edificios ha sido un éxito.
Desgraciadamente, el objetivo de la certificación energética de edificios no era asegurar que todos los edificios obligados según la normativa estuvieran certificados, el objetivo de la Directiva 2002/91/CE era fomentar la eficiencia energética en los edificios, teniendo en consideración las condiciones climáticas exteriores y las particularidades locales así como los requisitos ambientales interiores y la relación coste-eficacia. Además, la Directiva indicaba que el certificado de eficiencia energética de edificios debía incluir valores e información de referencia como normativa vigente, comparativas, entre otros. Esto tenía el objetivo de que los consumidores pudieran contrastar y evaluar el consumo energético del edificio. Por último, la Directiva 2010/31/CE insistía en que a la hora de realizar reformas y rehabilitaciones de edificios existentes es cuando existe la oportunidad de implementar medidas rentables desde el punto de vista técnico y económico para mejorar la eficiencia energética.
En consecuencia, después de 3 años del inicio del registro oficial para edificios existentes, el objetivo principal de la certificación energética de edificios aún está por alcanzar:
Transmitir la información energética de los edificios de una manera suficientemente clara, directa y atractiva a los ciudadanos, promotores, administradores de fincas y empresas del sector de la construcción en general, para dinamizar la rehabilitación energética de los edificios y reducir el consumo energético de un sector que a día de hoy es el segundo sector más consumidor en Catalunya y es ampliamente conocido que su consumo podría ser mucho más eficiente (ser casi cero) según se exigirá a todos los edificios de nueva construcción a partir de 2020.
Por este motivo, todas las administraciones públicas deben intensificar sus esfuerzos para mejorar los canales y mecanismos mediante los cuales se difunde la información de la certificación energética. Hay que leer de las experiencias llevadas a cabo hasta ahora y, al tener comprobado que las estrategias no dan los resultados esperados, es necesario actuar con nuevas acciones hasta alcanzar los objetivos deseados.
Un ejemplo sería la creación de una etiqueta complementaria donde se indiquen los costes económicos anuales en lugar de energía primaria no renovable, donde cada edificio se compare con edificios similares, donde se resalte las energías renovables integradas en el edificio, donde se explique si el edificio dispone de un punto de recarga para un posible vehículo eléctrico, donde se resalte los costes económicos que tendría nuestro edificio en caso de ser de calificación energética A, así como otros indicadores que generen interés a los ciudadanos y profesionales.
Asimismo, se tienen que potenciar los medios de difusión actuales, como las redes sociales, los vídeos y los formatos que logran llegar a la ciudadanía, dado que la mejor manera de asegurar la rehabilitación energética de los edificios existentes no es con más normativa y obligaciones, sino a través de los propios propietarios de los edificios. Consiguiendo que quien debe tomar decisiones sea quien tenga interés en vivir en un edificio lo más eficiente posible, de calificación energética A o de consumo de energía casi cero, siempre que sea posible.
Se necesita certificado de eficiencia energetica para vender una plaza de parquing
El mundo de la abogacía hay que tener en cuenta que lo virtual y lo fisico pueden ser grandes temas a debatir sobre todo lo que respecta a los derechos de autos que en Internet muchas veces se confunde el difundir una obra con no tener que pagar por ella pero cuando sacamos fotocopias de un libro en el mundo fisico no pensamos que estamos distribuyendo de una manera ilegal lo mismo.